CNPCF

Artículo 341. La presunción debe ser grave, esto es, digna de ser aceptada por persona de buen

La presunción debe ser grave, esto es, digna de ser aceptada por persona de buen criterio. Debe también ser precisa, esto es, que el hecho probado en que se funde, sea parte o antecedente o consecuencia del que se quiera probar, y que cuando fueren varias las presunciones han de ser concordantes...

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Texto vigente — Sin reformas posteriores al 15 de enero de 2026. Verificado en 2026.

Texto Legal

La presunción debe ser grave, esto es, digna de ser aceptada por persona de buen
criterio. Debe también ser precisa, esto es, que el hecho probado en que se funde, sea parte o
antecedente o consecuencia del que se quiera probar, y que cuando fueren varias las presunciones han
de ser concordantes entre sí.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 341 del CNPCF?

La presunción debe ser grave, esto es, digna de ser aceptada por persona de buen criterio. Debe también ser precisa, esto es, que el hecho probado en que se funde, sea parte o antecedente o consecuencia del que se quiera probar, y que cuando fueren varias las presunciones han de ser concordantes...

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