Son personas relacionadas con la persona deudora o acreedora y no podrán desempeñarse como facilitadores o conciliadores en los procedimientos previstos en el presente Título, las siguientes: I. En el caso de deudores personas físicas no comerciantes: su cónyuge, concubina o concubino, parientes...
Son personas relacionadas con la persona deudora o acreedora y no podrán
desempeñarse como facilitadores o conciliadores en los procedimientos previstos en el presente Título,
las siguientes:
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Art. 813. Las personas casadas por sociedad conyugal o en régimen similar pueden presentar
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Art. 815. El facilitador o conciliador será el encargado del...
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