Para efectos de los procedimientos en línea regulados por este Código Nacional, la autoridad jurisdiccional y las partes podrán utilizar la Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación (FIREL), la firma electrónica que se utilice en el Poder Judicial respectivo, y las...
Para efectos de los procedimientos en línea regulados por este Código Nacional, la
autoridad jurisdiccional y las partes podrán utilizar la Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la
Federación (FIREL), la firma electrónica que se utilice en el Poder Judicial respectivo, y las firmas
electrónicas emitidas y reconocidas por otras autoridades con los cuales los Poderes Judiciales hayan
celebrado convenios para el reconocimiento de certificados digitales homologados.
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Art. 949. Las actuaciones y promociones judiciales contenidas en un mensaje de datos o
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Art. 951. La página de firmantes que contenga las firmas electrónicas...
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