Cuando las partes reciban la notificación electrónica, el sistema de justicia digital correspondiente deberá generar acuse de recibido en el momento de la recepción del mensaje de datos a notificar, de conformidad con los lineamientos que para dichos efectos se emitan. Dicho acuse acreditará la...
Cuando las partes reciban la notificación electrónica, el sistema de justicia digital
correspondiente deberá generar acuse de recibido en el momento de la recepción del mensaje de datos a
notificar, de conformidad con los lineamientos que para dichos efectos se emitan. Dicho acuse acreditará
la debida notificación.
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Art. 953. Cuando deba correrse traslado en la notificación...
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Art. 955. Las comunicaciones diversas, como vistas al Ministerio Público, Fiscalías o
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