Los sistemas de justicia digital deberán: I. Contar con garantías sólidas de uso y funcionamiento, que les brinde continuidad y soporte permanente a los usuarios de estos sistemas, y II.
Los sistemas de justicia digital deberán:
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Art. 964. Los Poderes Judiciales correspondientes, a través del...
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Art. 966. Cuando por caso fortuito, fuerza mayor o por fallas técnicas se interrumpa el
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