Este articulo establece que el contrato se termina si un miembro de la dotacion es llamado al servicio militar. Asegura que los derechos del trabajador sean respetados.
Art. 122. Cuando algún individuo de la dotación sea llamado al servicio militar, quedará terminado el contrato y el armador o el capitán, en su representación, estará obligado a costear el pasaje hasta el puerto de conscripción.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El armador debe estar preparado para gestionar la terminacion del contrato y los costos asociados al traslado del trabajador.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo