CdT

Artículo 122. Terminacion de contrato por servicio militar

Este articulo establece que el contrato se termina si un miembro de la dotacion es llamado al servicio militar. Asegura que los derechos del trabajador sean respetados.

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Texto Legal

Art. 122. Cuando algún individuo de la dotación sea llamado al servicio militar, quedará terminado el contrato y el armador o el capitán, en su representación, estará obligado a costear el pasaje hasta el puerto de conscripción.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El armador debe estar preparado para gestionar la terminacion del contrato y los costos asociados al traslado del trabajador.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 122 del CdT?

Este articulo establece que el contrato se termina si un miembro de la dotacion es llamado al servicio militar. Asegura que los derechos del trabajador sean respetados.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 122 de la CdT?

El armador debe estar preparado para gestionar la terminacion del contrato y los costos asociados al traslado del trabajador.

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