CdT

Artículo 152 quáter. Contratos para centros de contacto

Regula los contratos de trabajo para servicios de contacto con terceros, ya sea por teléfono o medios digitales, en centros de contacto.

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Texto Legal

Artículo 152 quáter.- Se regirán por las normas del presente Capítulo los contratos de trabajo cuyo objeto sea la prestación de servicios para contactar o ser contactados con terceros, sea por la vía telefónica, medios telemáticos, aplicación de tecnología digital o cualquier otro medio electrónico, para la atención, información o asesoramiento de soporte técnico, comerciales o administrativos, venta o promoción de productos o servicios, en un lugar habilitado por el empleador, denominado centro de contacto o llamadas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental tener contratos claros para evitar conflictos laborales y asegurar que se cumplan las expectativas de ambas partes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 152 quáter del CdT?

Regula los contratos de trabajo para servicios de contacto con terceros, ya sea por teléfono o medios digitales, en centros de contacto.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 152 quáter de la CdT?

Es fundamental tener contratos claros para evitar conflictos laborales y asegurar que se cumplan las expectativas de ambas partes.

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