Las reformas a los estatutos deben ser aprobadas en sesión extraordinaria y requieren mayoría absoluta. Este artículo regula cómo se pueden modificar las reglas internas del sindicato.
Art. 233. La reforma de los estatutos deberá aprobarse en sesión extraordinaria y se regirá, en cuanto le sean aplicables, por las normas de los artículos 221, 222 y 223. El apercibimiento del inciso quinto del artículo 223 será el de dejar sin efecto la reforma de los estatutos. La aprobación de la reforma de los estatutos deberá acordarse por la mayoría absoluta de los afiliados que se encuentren al día en el pago de sus cuotas sindicales, en votación secreta y unipersonal.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las reformas mal gestionadas pueden llevar a conflictos internos. Es recomendable que los sindicatos mantengan una comunicación clara con sus miembros durante este proceso.
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