El articulo 512 establece el procedimiento para solicitar la reconsideración de multas impuestas por la Dirección del Trabajo, que debe hacerse dentro de un plazo específico.
Art. 512. El Director del Trabajo hará uso de esta facultad mediante resolución fundada, a solicitud escrita del interesado, la que deberá presentarse dentro del plazo de treinta días de notificada la resolución que aplicó la multa administrativa. Esta resolución será reclamable ante el Juez de Letras del Trabajo dentro de quince días de notificada y en conformidad al artículo 503 de este Código.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es vital actuar rápidamente si se desea apelar una multa, ya que el tiempo es limitado y puede afectar las finanzas de la empresa.
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