Este articulo indica que cualquier reajuste de remuneraciones, ya sea legal o convencional, afectara la remuneracion que se debe pagar durante el feriado. La aplicacion es retroactiva desde la fecha de vigencia del reajuste.
Art. 72. Si durante el feriado se produce un reajuste legal, convencional o voluntario de remuneraciones, este reajuste afectará también a la remuneración íntegra que corresponde pagar durante el feriado, a partir de la fecha de entrada en vigencia del correspondiente reajuste.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Asegurarse de actualizar las remuneraciones en caso de reajustes es clave para evitar pagos incorrectos durante el feriado.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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