CdT

Artículo 77. Normas preferentes para contratos

El contrato de trabajo se sometera preferentemente a las normas de los articulos siguientes, estableciendo un marco claro para las relaciones laborales.

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Texto Legal

Art. 77. Respecto de los trabajadores a que se refiere este título, el contrato de trabajo se someterá preferentemente a las normas de los artículos siguientes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer las normas preferentes ayuda a los empleadores a estructurar contratos de manera adecuada y evitar conflictos legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 77 del CdT?

El contrato de trabajo se sometera preferentemente a las normas de los articulos siguientes, estableciendo un marco claro para las relaciones laborales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 77 de la CdT?

Conocer las normas preferentes ayuda a los empleadores a estructurar contratos de manera adecuada y evitar conflictos legales.

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