CT Ecuador

Artículo 76..

Texto Legal

Irrenunciabilidad de la competencia.- La competencia administrativa en el ámbito tributario, es irrenunciable y se ejercerá precisamente por los órganos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de delegación o sustitución, previstos por las leyes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 76. del CT Ecuador?

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