La SUNAT puede prestar y solicitar asistencia administrativa mutua en materia tributaria, facilitando el intercambio de información y el cobro de deudas tributarias.
F.- INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN MEDIANTE FISCALIZACIONES SIMULTÁNEAS Y EN EL EXTRANJERO En aplicación de los convenios internacionales, la SUNAT puede acordar, con una o más autoridades competentes, examinar simultáneamente, cada una en su propio territorio y aplicando su normativa interna, la situación fiscal de un(os) sujeto(s), con la finalidad de intercambiar información relevante. Para tal efecto, puede acordar con las referidas autoridades los lineamientos y las acciones de fiscalización a realizar. También puede acordar que en la fiscalización se encuentren presentes los representantes de la autoridad competente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este mecanismo puede facilitar la recuperación de deudas tributarias en el extranjero. Ignorar las implicaciones de la asistencia mutua puede resultar en pérdidas económicas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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