Las penas por delitos tributarios se aplican sin afectar el cobro de la deuda tributaria. Esto establece una clara distinción entre sanciones administrativas y penales.
- AUTONOMIA DE LAS PENAS POR DELITOS TRIBUTARIOS Las penas por delitos tributarios se aplicarán sin perjuicio del cobro de la deuda tributaria y la aplicación de las sanciones administrativas a que hubiere lugar.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es crucial entender que las sanciones penales no eximen del pago de la deuda. Ignorar esto puede llevar a complicaciones legales y financieras.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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