CPE

Artículo 139.

Texto Legal

El Ejecutivo rendirá cuentas a la Asamblea Legislativa Plurinacional de los motivos que dieron lugar a la declaración del estado de excepción, así como del uso que haya hecho de las facultades conferidas por la Constitución y la ley. Quienes violen los derechos establecidos en esta Constitución serán objeto de proceso penal por atentado contra los derechos. Los estados de excepción serán regulados por la ley.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 139 del CPE?

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