Constitucion

Artículo 124.

Texto Legal

- Eleccion presidencial. El Poder Ejecutivo se ejerce por el o la Presidente de la Republica, quien sera elegido cada cuatro anos por voto directo y no podra ser electo para el periodo constitucional siguiente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 124 del Constitucion?

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