Constitucion

Artículo 276.

Texto Legal

- Juramento de funcionarios designados. La persona designada para ejercer una funcion publica debera prestar juramento de respetar la Constitucion y las leyes, y de desempenar fielmente los deberes de su cargo. Este juramento se prestara ante funcionario u oficial publico competente.

Preguntas Frecuentes

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