Constitucion

Artículo 36.

Texto Legal

- Reglamentacion de los simbolos patrios. La ley reglamentara el uso de los simbolos patrios y las dimensiones de la Bandera Nacional y del Escudo Nacional. TITULO II DE LOS DERECHOS, GARANTIAS Y DEBERES FUNDAMENTALES CAPITULO I DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES SECCION I DE LOS DERECHOS CIVILES Y POLITICOS

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 36 del Constitucion?

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 36 del Constitucion?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 36 Constitucion desde tu celular