Constitucion

Artículo 71.

Texto Legal

- Accion de habeas corpus. Toda persona privada de su libertad o amenazada de serlo, de manera ilegal, arbitraria o irrazonable, tiene derecho a una accion de habeas corpus ante un juez o tribunal competente, por si misma o por quien actue en su nombre, de conformidad con la ley, para que conozca y decida, de forma sencilla, efectiva, rapida y sumaria, la legalidad de la privacion o amenaza de su libertad.

Preguntas Frecuentes

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