Constitucion

Artículo 73.

Texto Legal

- Nulidad de los actos que subviertan el orden constitucional. Son nulos de pleno derecho los actos emanados de autoridad usurpada, las acciones o decisiones de los poderes publicos, instituciones o personas que alteren o subviertan el orden constitucional y toda decision acordada por requisicion de fuerza armada. CAPITULO III DE LOS PRINCIPIOS DE APLICACION E INTERPRETACION DE LOS DERECHOS Y GARANTIAS FUNDAMENTALES

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 73 del Constitucion?

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