CPE

Artículo 227.

Texto Legal

La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 227 del CPE?

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