Constitucion

Artículo 172.

Texto Legal

- Mayoría calificada. Aprobar antes de su ratificación, con el voto de las dos terceras partes del total de diputados que integran el Congreso, los tratados, convenios o cualquier arreglo internacional, cuando: Se refieran al paso de ejércitos extranjeros por el territorio nacional o al establecimiento temporal de bases militares extranjeras; y Afecten o puedan afectar la seguridad del Estado o pongan fin a un estado de guerra.

Preguntas Frecuentes

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