Constitucion

Artículo 123.

Texto Legal

Todo nino debera gozar de los beneficios de la seguridad social y la educacion. Tendra derecho a crecer y desarrollarse en buena salud, para lo cual debera proporcionarse, tanto a el como a su madre, cuidados especiales desde el periodo prenatal, teniendo derecho de disfrutar de alimentacion, vivienda, educacion, recreo, deportes y servicios medicos adecuados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 123 del Constitucion?

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