Las instituciones descentralizadas deberan presentar al Gobierno Central un informe detallado de los resultados liquidos de las actividades financieras de su ejercicio economico anterior. Igualmente deberan presentar un informe sobre el progreso fisico y financiero de todos los programas y proyectos en ejecucion. La Secretaria de Estado en los Despachos de Finanzas y el Consejo Superior de Planificacion Economica, evaluaran los resultados de la gestion de cada entidad descentralizada y haran las observaciones y recomendaciones pertinentes. Reformado por Decreto 218-96 del 17 de Diciembre de 1996, publicado en la gaceta No. 28,148 del 30 de Diciembre de 1996, reformo el articulo 28 de la Ley General de la Administracion publica. Asi la Secretaria de Hacienda y Credito publico se denominara Secretaria de Finanzas. El Consejo Superior de Planificacion Economica (CONSUPLANE), que despues se denomino Secretaria de Planificacion, Coordinacion y Presupuesto (SECPLAN) fue suprimidos distribuyendo su competencia y funciones, que se establecen en este capitulo, se distribuyeron entre diversas secretarias y entes desconcentrados.
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