Constitucion

Artículo 271.

Texto Legal

Cualquier modificacion sustancial al plan operativo y al presupuesto de una institucion descentralizada, requerira previamente el dictamen favorable del Consejo Superior De Planificacion Economica y de la Secretaria de Estado en los Despachos de Finanzas. Reformado por Decreto 218-96 del 17 de Diciembre de 1996, publicado en la gaceta No. 28,148 del 30 de Diciembre de 1996, reformo el articulo 28 de la Ley General de la Administracion publica. Asi la Secretaria de Hacienda y Credito publico se denominara Secretaria de Finanzas. El Consejo Superior de Planificacion Economica (CONSUPLANE), que despues se denomino Secretaria de Planificacion, Coordinacion y Presupuesto (SECPLAN) fue suprimidos distribuyendo su competencia y funciones, que se establecen en este capitulo, se distribuyeron entre diversas secretarias y entes desconcentrados. CAPITULO X DE LA DEFENSA NACIONAL

Preguntas Frecuentes

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