Constitucion

Artículo 289.

Texto Legal

Se establece el Colegio de Defensa Nacional, como el mas alto centro de estudio de las Fuerzas Armadas, encargado de la capacitacion del personal militar y civil selecto, para que en accion conjunta de los campos politico, economico, social y militar, participen en la planificacion estrategica nacional.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 289 del Constitucion?

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