CPE

Artículo 118.

Texto Legal

El Estado prestará atención especial al desarrollo integral del sector agropecuario, fomentará el aprovechamiento óptimo del suelo, velará por su distribución racional y su adecuada utilización y conservación a fin de mantenerlo en condiciones productivas y garantizará el derecho de todo agricultor a una existencia decorosa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 118 del CPE?

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