CPE

Artículo 119.

Texto Legal

El Estado no permitirá la existencia de áreas incultas, improductivas y ociosas y regulará las relaciones de trabajo en el agro, fomentando una máxima productividad y justa distribución de los beneficios de ésta.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 119 del CPE?

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