CPE

Artículo 45.

Texto Legal

La propiedad privada implica obligación para su dueño por razón de la función social que debe llenar. Por motivos de utilidad pública o de interés social definidos en la Ley, puede haber expropiación mediante juicio especial e indemnización.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 45 del CPE?

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