CPR

Artículo 55. Inicio de sesiones del Congreso

El Congreso se instalara y comenzara su periodo de sesiones segun lo determine su ley organica constitucional, siempre convocado para estados de excepcion.

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Texto Legal

Artículo 55.- El Congreso Nacional se instalará e iniciará su período de sesiones en la forma que determine su ley orgánica constitucional. En todo caso, se entenderá siempre convocado de pleno derecho para conocer de la declaración de estados de excepción constitucional. La ley orgánica constitucional señalada en el inciso primero, regulará la tramitación de las acusaciones constitucionales, la calificación de las urgencias conforme lo señalado en el artículo 74 y todo lo relacionado con la tramitación interna de la ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La regulacion del inicio de sesiones asegura que el Congreso pueda actuar rapidamente en situaciones de emergencia, pero puede llevar a un uso excesivo de estados de excepcion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 55 del CPR?

El Congreso se instalara y comenzara su periodo de sesiones segun lo determine su ley organica constitucional, siempre convocado para estados de excepcion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 55 de la CPR?

La regulacion del inicio de sesiones asegura que el Congreso pueda actuar rapidamente en situaciones de emergencia, pero puede llevar a un uso excesivo de estados de excepcion.

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