Constitucion

Artículo 206.

Texto Legal

- La ley podrá crear un Consejo de Economía Nacional, con carácter consultivo y honorario, compuesto de representantes de los intereses económicos y profesionales del país. La ley indicará la forma de constitución y funciones del mismo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 206 del Constitucion?

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