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Artículo 13/ISR/N. Tratamiento de perdidas fiscales y su amortizacion

El SAT interpreta las reglas para la determinacion, actualizacion y amortizacion de perdidas fiscales de ejercicios anteriores, incluyendo la prohibicion de transmision a terceros y los plazos de aplicacion.

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Texto Legal

Criterio 13/ISR/N - Perdidas fiscales y su amortizacion

Interpretacion normativa

El articulo 57 de la Ley del ISR establece que la perdida fiscal de un ejercicio se obtiene de la diferencia entre los ingresos acumulables y las deducciones autorizadas cuando estas ultimas sean mayores. El SAT interpreta que las perdidas fiscales pueden amortizarse contra las utilidades fiscales de los diez ejercicios siguientes, actualizandose por inflacion.

Fundamento legal

- Articulo 57 de la Ley del ISR (perdidas fiscales personas morales)
- Articulo 109 de la LISR (perdidas en actividades empresariales personas fisicas)
- Articulo 69-B Bis del CFF (transmision indebida de perdidas)

Actualizacion de perdidas

La perdida fiscal se actualiza multiplicandola por el factor de actualizacion correspondiente al periodo comprendido desde el primer mes de la segunda mitad del ejercicio en que ocurrio (julio para ejercicios coincidentes con el ano calendario) y hasta el ultimo mes de la primera mitad del ejercicio en que se aplicara (junio del ejercicio de amortizacion). Adicionalmente, la parte no amortizada de la perdida se sigue actualizando.

Prohibicion de transmision

El articulo 69-B Bis del CFF establece un procedimiento especial para combatir la transmision indebida de perdidas fiscales a traves de reestructuraciones corporativas. Las perdidas son un derecho personalismo del contribuyente que las genero y no pueden transferirse a terceros mediante fusiones, escisiones o cambios de accionistas realizados con ese unico proposito. El SAT puede presumir la transmision indebida cuando detecte cambios sustanciales en la composicion accionaria previos a la aplicacion de perdidas significativas.

Perdida del derecho

Si el contribuyente no amortiza la perdida fiscal pudiendo hacerlo, pierde el derecho de hacerlo en ejercicios posteriores hasta por la cantidad en que pudo haberla aplicado. Asimismo, el derecho a amortizar se pierde si transcurren diez ejercicios sin que la perdida se agote.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Las perdidas fiscales representan un activo fiscal importante que debe gestionarse estrategicamente. Recomendamos llevar un control detallado de las perdidas por ejercicio, su actualizacion y su amortizacion gradual. Es critico no dejar que prescriban sin utilizarse y evitar cualquier esquema que pueda considerarse transmision indebida, pues las sanciones incluyen la perdida total del derecho y multas significativas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 13/ISR/N del CN SAT?

El SAT interpreta las reglas para la determinacion, actualizacion y amortizacion de perdidas fiscales de ejercicios anteriores, incluyendo la prohibicion de transmision a terceros y los plazos de aplicacion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 13/ISR/N de la Criterios Normativos SAT?

SDV Asesores: Las perdidas fiscales representan un activo fiscal importante que debe gestionarse estrategicamente. Recomendamos llevar un control detallado de las perdidas por ejercicio, su actualizacion y su amortizacion gradual. Es critico no dejar que prescriban sin utilizarse y evitar cualquier esquema que pueda considerarse transmision indebida, pues las sanciones incluyen la perdida total del derecho y multas significativas.

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