El titular de una patente podrá solicitar ante la oficina nacional competente que se le expida certificado de adición para proteger cualquier perfeccionamiento o modificación de la invención patentada. El certificado de adición sólo será concedido si el perfeccionamiento o modificación implica actividad inventiva con respecto a la invención patentada. El certificado de adición seguirá la suerte de la patente principal, y sólo podrá ser objeto de licencia o transferencia conjuntamente con la patente principal.
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