D486CAN

Artículo Artículo 72. Artículo 72

Texto Legal

A solicitud de parte, la oficina nacional competente podrá declarar la caducidad de una licencia cuando el licenciatario no explote la invención durante el plazo establecido en la decisión que concedió dicha licencia o incumpla con cualquiera de los términos de la misma.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo Artículo 72 del D486CAN?

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