El titular de la patente tendrá derecho a iniciar acción legal por daños y perjuicios cuando la invención patentada sea explotada sin autorización. A los efectos de establecer la indemnización de daños y perjuicios se tendrá en cuenta, entre otros factores, los beneficios que el titular hubiera obtenido de la explotación de la invención patentada, si no hubiera existido la competencia del infractor.
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