D486CAN

Artículo Artículo 205. Artículo 205

Texto Legal

La solicitud de declaración de protección de una denominación de origen se presentará ante la oficina nacional competente e indicará: a) el nombre, domicilio e identificación del solicitante; b) la denominación de origen que se solicita proteger; c) el País Miembro al que corresponde la denominación de origen; d) la zona geográfica delimitada de producción del producto designado con la denominación de origen; e) los productos designados por la denominación de origen; f) una reseña de las cualidades, reputación u otras características esenciales de los productos designados por la denominación de origen.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo Artículo 205 del D486CAN?

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