El Congreso de la Union legisla sobre el Distrito Federal excepto materias conferidas a la Asamblea Legislativa local, aprueba endeudamiento anual y asegura funcionamiento de Poderes de la Union.
Corresponde al Congreso de la Unión:
I. Legislar en lo relativo al Distrito Federal, con excepción de las materias expresamente conferidas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; Fracción reformada DOF 04-12-1997
II. Aprobar anualmente los montos de endeudamiento que deberán incluirse en la Ley de Ingresos del Distrito Federal, que en su caso requieran el Gobierno del Distrito Federal y las entidades de su sector público, conforme a lo dispuesto por la Ley General de Deuda Pública; y
III. Dictar las disposiciones generales que aseguren el debido, oportuno y eficaz funcionamiento de los Poderes de la Unión en el ámbito del Distrito Federal; y Fracción reformada DOF 04-12-1997
IV. Las demás atribuciones que en lo relativo al Distrito Federal le señale la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el presente Estatuto y las leyes que expida el propio Congreso de la Unión. Fracción adicionada DOF 04-12-1997
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Fundamental para entender la division de competencias legislativas. Abogados fiscalistas deben verificar que regulaciones sobre endeudamiento se alineen con leyes del Congreso. La aprobacion anual de montos de endeudamiento afecta la programacion fiscal del DF.
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