Los acuerdos y convenios de coordinacion metropolitana deben publicarse en el Diario Oficial de la Federacion y Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Los acuerdos y convenios que en materia de coordinación metropolitana suscriba el gobierno del Distrito Federal, deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Requisito de publicidad para que acuerdos generen efectos erga omnes. La publicacion en ambos diarios asegura conocimiento general y validez legal. Verificar que exista constancia de ambas publicaciones.
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Art. 73. Bases para participacion en coordinacion metropolitana
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Art. 75. Difusion de acuerdos metropolitanos
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