NICSP 47

Artículo 72. NICSP 47 — Párrafo 72

Texto Legal

Las obligaciones de cumplimiento no incluyen las actividades que una entidad debe llevar a cabo para satisfacer un acuerdo vinculante, a menos que la realización de dichas actividades utilice recursos de una manera claramente especificados en el acuerdo vinculante. Por ejemplo, una entidad puede necesitar realizar varias tareas administrativas para establecer un acuerdo vinculante. El desempeño de esas tareas no utiliza un recurso internamente para un servicio ni transfiere un servicio a un comprador o tercero beneficiario a medida que se realizan las tareas. Por lo tanto, esas actividades de establecimiento no constituyen una obligación de cumplimiento. Identificación de los compromisos distintos de uso de recursos

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 72 del NICSP 47?

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