Analiza las causales de rescision de la relacion laboral sin responsabilidad para el patron previstas en el articulo 47 de la LFT. Precisa que el aviso de rescision debe entregarse oportunamente al trabajador.
RESCISION DE LA RELACION DE TRABAJO SIN RESPONSABILIDAD PARA EL PATRON. EL AVISO DEBE ENTREGARSE AL TRABAJADOR O DEPOSITARSE ANTE EL TRIBUNAL COMPETENTE DENTRO DE LOS CINCO DIAS HABILES SIGUIENTES.
El articulo 47 de la Ley Federal del Trabajo enumera las causas de rescision de la relacion de trabajo sin responsabilidad para el patron, entre las que destacan: el engano del trabajador con certificados falsos; faltas de probidad u honradez; actos de violencia, injurias o malos tratamientos; causar intencionalmente perjuicios materiales; comprometer la seguridad del establecimiento; mas de tres faltas de asistencia en un periodo de treinta dias sin justificacion; y desobediencia al patron sin causa justificada. El patron que rescinda la relacion debe dar aviso escrito al trabajador senalando claramente la conducta que motiva la rescision y la fecha en que se cometio. El aviso debe entregarse personalmente al trabajador en el momento de la rescision o, en caso de negativa a recibirlo, depositarse ante el Tribunal competente dentro de los cinco dias habiles siguientes. La falta de aviso por si sola presume que el despido fue injustificado, salvo prueba en contrario.
Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nacion.
Undecima Epoca. Registro digital: 2025234.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: El aviso de rescision es un requisito formal indispensable. SDV recomienda entregar el aviso personalmente al trabajador, recabando su firma de recibido con testigos. Si el trabajador se niega a recibirlo, debe depositarse ante el Tribunal Laboral dentro de los 5 dias habiles siguientes. La omision del aviso convierte un despido justificado en injustificado, obligando al patron a pagar indemnizacion completa. Se recomienda documentar detalladamente cada causal invocada.
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