Establece las obligaciones y procedimientos para el retorno al extranjero de las mercancias importadas temporalmente por empresas con Programa IMMEX, incluyendo las mercancias transformadas y los productos terminados.
Las empresas con Programa IMMEX deberan retornar al extranjero las mercancias importadas temporalmente dentro de los plazos establecidos.
- Exportacion directa: envio del producto terminado o la mercancia al extranjero.
- Transferencia virtual: mediante pedimento virtual a otra empresa IMMEX.
- Cambio de regimen: importacion definitiva previo pago de contribuciones.
- Materias primas e insumos: 18 meses.
- Maquinaria y equipo: vigencia del programa.
Los retornos, transferencias y cambios de regimen generan descargos en el sistema de control de inventarios del Anexo 24.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El retorno de mercancias IMMEX incluye tanto las mercancias en su estado original como los productos transformados y los desperdicios. Las empresas deben retornar o destinar la mercancia conforme a los plazos autorizados (generalmente 18 meses para materias primas). El control de inventarios IMMEX es fundamental para demostrar el destino de cada mercancia importada temporalmente.
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Art. 100. Transferencias de mercancias entre empresas IMMEX
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Art. 102. Regularizacion de mercancias importadas temporalmente
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