LAd

Artículo 194. Delitos aduaneros y contrabando

Establece las conductas que constituyen delitos aduaneros, principalmente el contrabando y sus modalidades, asi como las penas de prision y multas aplicables.

delitos-aduaneroscontrabandopenas-prisioncontrabando-calificadodenuncia-penal

Texto Legal

Articulo 194 - Delitos aduaneros

Comete el delito de contrabando quien introduzca al territorio nacional o extraiga de el mercancias:

Modalidades

- Omitiendo el pago total o parcial de contribuciones y cuotas compensatorias.
- Sin permiso de la autoridad competente.
- De importacion o exportacion prohibida.

Penas

- Tres a nueve anos de prision cuando el monto de las contribuciones evadidas exceda cierto umbral.
- Uno a cinco anos de prision cuando el monto sea menor.

Contrabando calificado

La pena se incrementara cuando:

- Se utilicen documentos falsos.
- Participen servidores publicos.
- Se realice por organizacion delictiva.
- Se trate de mercancias que atenten contra la seguridad nacional.

Denuncia

Las autoridades aduaneras formularan la denuncia o querella ante el Ministerio Publico Federal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los delitos aduaneros, principalmente el contrabando, conllevan penas de prision de 3 a 9 anos dependiendo del monto. Las personas fisicas involucradas (importadores, agentes aduanales, empleados) pueden ser procesadas penalmente. Las empresas deben implementar politicas de cumplimiento estricto para evitar que sus operaciones se tipifiquen como delitos aduaneros, protegiendo tanto a la empresa como a sus empleados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 194 del LAd?

Establece las conductas que constituyen delitos aduaneros, principalmente el contrabando y sus modalidades, asi como las penas de prision y multas aplicables.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 194 de la Ley Aduanera?

Los delitos aduaneros, principalmente el contrabando, conllevan penas de prision de 3 a 9 anos dependiendo del monto. Las personas fisicas involucradas (importadores, agentes aduanales, empleados) pueden ser procesadas penalmente. Las empresas deben implementar politicas de cumplimiento estricto para evitar que sus operaciones se tipifiquen como delitos aduaneros, protegiendo tanto a la empresa como a sus empleados.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 194 del LAd?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 194 LAd desde tu celular