Regula las consecuencias juridicas cuando al verificar las mercancias se detectan diferencias entre lo declarado en el manifiesto de carga y lo efectivamente transportado, distinguiendo entre sobrantes y faltantes.
Cuando al verificar las mercancias se detecten diferencias con respecto al manifiesto de carga:
Los faltantes de mercancias respecto del manifiesto seran imputables al transportista, quien debera:
- Justificar el faltante ante la autoridad aduanera.
- Pagar las contribuciones correspondientes a las mercancias faltantes si no puede justificarlas.
Las mercancias sobrantes (no manifestadas) se consideran como no presentadas ante la aduana y podran ser objeto de:
- Embargo precautorio por la autoridad aduanera.
- Inicio del procedimiento administrativo correspondiente.
Se permite una tolerancia en mercancias a granel de hasta el 5% entre lo declarado y lo verificado, sin que ello genere consecuencias.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los sobrantes y faltantes de mercancias respecto del manifiesto de carga tienen consecuencias juridicas distintas. Los faltantes se presumen extraidos ilegalmente y los sobrantes se presumen introducidos ilegalmente. Las empresas de logistica deben implementar procesos de verificacion de carga para minimizar estas discrepancias, ya que pueden derivar en procedimientos de embargo y multas.
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