LAd

Artículo 40. Toma de muestras de mercancias

Regula la facultad de las autoridades aduaneras para tomar muestras de las mercancias durante el reconocimiento aduanero con fines de analisis, verificacion de composicion o clasificacion arancelaria.

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Texto Legal

Articulo 40 - Toma de muestras

Las autoridades aduaneras podran tomar muestras de las mercancias durante el reconocimiento aduanero para:

Finalidades

- Verificar la clasificacion arancelaria de las mercancias.
- Comprobar el cumplimiento de normas oficiales mexicanas.
- Verificar la composicion de las mercancias.
- Determinar si se trata de mercancias prohibidas o restringidas.

Procedimiento

- La toma de muestras se realizara en presencia del agente aduanal o representante legal.
- Se levantara acta circunstanciada de la toma de muestras.
- Se entregara una muestra al interesado para que pueda realizar su propio analisis.
- Las muestras seran analizadas por los laboratorios autorizados.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La toma de muestras durante el reconocimiento aduanero permite a la autoridad verificar la composicion o clasificacion de las mercancias. El importador tiene derecho a conservar una contramuestra. Si el resultado del analisis difiere de lo declarado, puede generar diferencias en aranceles. Las empresas que importan productos quimicos, textiles o alimentarios deben estar preparadas para este procedimiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 40 del LAd?

Regula la facultad de las autoridades aduaneras para tomar muestras de las mercancias durante el reconocimiento aduanero con fines de analisis, verificacion de composicion o clasificacion arancelaria.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 40 de la Ley Aduanera?

La toma de muestras durante el reconocimiento aduanero permite a la autoridad verificar la composicion o clasificacion de las mercancias. El importador tiene derecho a conservar una contramuestra. Si el resultado del analisis difiere de lo declarado, puede generar diferencias en aranceles. Las empresas que importan productos quimicos, textiles o alimentarios deben estar preparadas para este procedimiento.

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