LAd

Artículo 98. Operaciones de la industria automotriz

Regula las importaciones temporales y operaciones especiales de las empresas de la industria automotriz, incluyendo la fabricacion, ensamblaje y distribucion de vehiculos y autopartes.

industria-automotrizautopartesensamblajeimportacion-temporal

Texto Legal

Articulo 98 - Industria automotriz

Las empresas de la industria automotriz terminal y de autopartes podran realizar operaciones especiales de importacion temporal.

Operaciones especiales

- Importacion temporal de autopartes y componentes para ensamblaje de vehiculos.
- Transferencias de materiales entre plantas de ensamblaje.
- Intercambio de autopartes entre fabricantes autorizados.

Decreto automotriz

Las empresas que operen al amparo del Decreto para el apoyo de la competitividad de la industria automotriz gozaran de beneficios especiales en sus operaciones aduaneras.

Control

Se debera llevar un control de inventarios que identifique las mercancias importadas temporalmente y su destino final (exportacion o mercado nacional).

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La industria automotriz tiene reglas especiales de importacion temporal que reflejan su importancia estrategica en la economia mexicana. Las autopartes y componentes pueden importarse temporalmente bajo IMMEX para ensamblaje de vehiculos destinados a exportacion. Las empresas del sector automotriz deben conocer las reglas especificas del T-MEC sobre contenido regional para vehiculos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 98 del LAd?

Regula las importaciones temporales y operaciones especiales de las empresas de la industria automotriz, incluyendo la fabricacion, ensamblaje y distribucion de vehiculos y autopartes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 98 de la Ley Aduanera?

La industria automotriz tiene reglas especiales de importacion temporal que reflejan su importancia estrategica en la economia mexicana. Las autopartes y componentes pueden importarse temporalmente bajo IMMEX para ensamblaje de vehiculos destinados a exportacion. Las empresas del sector automotriz deben conocer las reglas especificas del T-MEC sobre contenido regional para vehiculos.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 98 del LAd?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 98 LAd desde tu celular