Regula las importaciones temporales y operaciones especiales de las empresas de la industria automotriz, incluyendo la fabricacion, ensamblaje y distribucion de vehiculos y autopartes.
Las empresas de la industria automotriz terminal y de autopartes podran realizar operaciones especiales de importacion temporal.
- Importacion temporal de autopartes y componentes para ensamblaje de vehiculos.
- Transferencias de materiales entre plantas de ensamblaje.
- Intercambio de autopartes entre fabricantes autorizados.
Las empresas que operen al amparo del Decreto para el apoyo de la competitividad de la industria automotriz gozaran de beneficios especiales en sus operaciones aduaneras.
Se debera llevar un control de inventarios que identifique las mercancias importadas temporalmente y su destino final (exportacion o mercado nacional).
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La industria automotriz tiene reglas especiales de importacion temporal que reflejan su importancia estrategica en la economia mexicana. Las autopartes y componentes pueden importarse temporalmente bajo IMMEX para ensamblaje de vehiculos destinados a exportacion. Las empresas del sector automotriz deben conocer las reglas especificas del T-MEC sobre contenido regional para vehiculos.
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