Establece la procedencia del recurso de queja contra las resoluciones que concedan o nieguen la suspensión provisional.
Contra las resoluciones que concedan o nieguen la suspensión provisional procede el recurso de queja.
La queja se interpondrá ante el Tribunal Colegiado de Circuito que corresponda, dentro del plazo de dos días contados a partir de la notificación de la resolución.
El tribunal resolverá la queja dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la recepción del informe del juzgador que dictó la resolución recurrida.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La rendicion de cuentas sobre la suspension obliga a las partes a informar al juzgador sobre su cumplimiento. SDV Asesores documenta cualquier incumplimiento de la autoridad fiscal para hacerlo del conocimiento del juzgador y solicitar las medidas correctivas necesarias, incluyendo multas y responsabilidad penal para los servidores publicos contumaces.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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