Regula la elaboración, circulación y discusión del proyecto de sentencia en el Tribunal Colegiado.
El magistrado ponente formulará por escrito el proyecto de sentencia y lo entregará a la secretaría del tribunal para que lo distribuya entre los demás magistrados.
El proyecto se listará para su discusión y resolución en sesión plenaria del tribunal.
Cualquiera de los magistrados podrá solicitar que se aplace la discusión del proyecto o proponer modificaciones al mismo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La suspension en amparo directo tiene caracteristicas distintas a la del amparo indirecto. SDV Asesores solicita la suspension de la ejecucion de la sentencia definitiva del tribunal fiscal cuando esta es desfavorable al contribuyente, evitando que la autoridad ejecute creditos fiscales confirmados mientras se resuelve el amparo directo ante el tribunal colegiado.
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Art. 179. Estudio oficioso en amparo directo
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