LA

Artículo 180. Proyecto de sentencia en amparo directo

Regula la elaboración, circulación y discusión del proyecto de sentencia en el Tribunal Colegiado.

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Texto Legal

Artículo 180 — Proyecto de Sentencia

El magistrado ponente formulará por escrito el proyecto de sentencia y lo entregará a la secretaría del tribunal para que lo distribuya entre los demás magistrados.

El proyecto se listará para su discusión y resolución en sesión plenaria del tribunal.

Cualquiera de los magistrados podrá solicitar que se aplace la discusión del proyecto o proponer modificaciones al mismo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La suspension en amparo directo tiene caracteristicas distintas a la del amparo indirecto. SDV Asesores solicita la suspension de la ejecucion de la sentencia definitiva del tribunal fiscal cuando esta es desfavorable al contribuyente, evitando que la autoridad ejecute creditos fiscales confirmados mientras se resuelve el amparo directo ante el tribunal colegiado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 180 del LA?

Regula la elaboración, circulación y discusión del proyecto de sentencia en el Tribunal Colegiado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 180 de la Ley de Amparo?

La suspension en amparo directo tiene caracteristicas distintas a la del amparo indirecto. SDV Asesores solicita la suspension de la ejecucion de la sentencia definitiva del tribunal fiscal cuando esta es desfavorable al contribuyente, evitando que la autoridad ejecute creditos fiscales confirmados mientras se resuelve el amparo directo ante el tribunal colegiado.

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