Establece los criterios para determinar el monto del FONE, incluyendo la validacion de plazas, el registro de personal y las responsabilidades de la Secretaria de Educacion Publica.
La determinacion del monto del Fondo de Aportaciones para la Nomina Educativa y Gasto Operativo se sujetara a los siguientes criterios:
La Secretaria de Educacion Publica mantendra un registro actualizado de:
- Todas las plazas de educacion basica y normal transferidas a las entidades
- Los movimientos de personal (altas, bajas, cambios de adscripcion)
- Las plazas vacantes y las condiciones de su ocupacion
Para efectos del pago de la nomina, la SEP verificara que:
I. Cada plaza corresponda a un trabajador identificado con CURP y RFC validos.
II. El trabajador se encuentre efectivamente prestando el servicio en el centro de trabajo asignado.
III. Los conceptos de pago sean compatibles con la categoria y nivel del trabajador.
IV. No existan duplicidades en el registro de plazas.
La SEP y las entidades federativas realizaran conciliaciones periodicas de las nominas educativas para garantizar la exactitud de los pagos. Las diferencias detectadas seran ajustadas en el periodo inmediato siguiente.
La SEP publicara de manera trimestral en su portal de internet:
- El numero de plazas por entidad, nivel educativo y funcion
- El monto total de la nomina por entidad
- Los movimientos de personal realizados en el periodo
- Las plazas vacantes y su estatus
Los recursos para gasto de operacion se distribuiran considerando la matricula escolar de cada entidad, el numero de escuelas y las condiciones geograficas que incidan en el costo de la prestacion del servicio educativo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La validacion de plazas es un tema critico. Antes de la reforma que creo el FONE, se estimaba que existian miles de plazas sin trabajador real asociado. El sistema actual de transferencia directa y validacion biometrica ha reducido este problema, pero persisten retos en la actualizacion de los registros. En SDV asesoramos a autoridades educativas locales en la depuracion de sus padrones.
Art. 25. Fondos de aportaciones federales (Ramo 33)
Crea los ocho fondos de aportaciones federales que integran el Ramo 33, destinados a financiar actividades especificas como educacion, salud, infraestructura social, seguridad publica y otros rubros prioritarios.
Art. 26. Fondo de Aportaciones para la Nomina Educativa y Gasto Operativo (FONE)
Regula el FONE, que financia los servicios de educacion basica y normal transferidos a las entidades federativas, incluyendo nomina del personal docente, administrativo y de apoyo.
Art. 49. Fiscalizacion de los recursos de aportaciones federales
Establece el marco de fiscalizacion de los fondos de aportaciones federales, otorgando facultades a la Auditoria Superior de la Federacion y a las entidades de fiscalizacion locales para revisar el correcto ejercicio de estos recursos.
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Art. 26. Fondo de Aportaciones para la Nomina Educativa y Gasto Operativo (FONE)
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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