LCF

Artículo 48. Responsabilidad en el manejo de aportaciones federales

Establece que el ejercicio de los recursos de aportaciones federales se sujetara a la legislacion federal y local aplicable, y que los servidores publicos seran responsables del correcto uso de dichos recursos.

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Texto Legal

Articulo 48 - Responsabilidad en el Manejo de Aportaciones

El ejercicio de los recursos de los fondos de aportaciones federales se sujetara a la legislacion federal y local aplicable, asi como a los lineamientos que emitan las dependencias federales competentes.

Responsabilidad de los servidores publicos

Los servidores publicos de las entidades federativas y municipios que tengan a su cargo el manejo, aplicacion o ejercicio de los recursos de aportaciones seran directamente responsables de:

- I. La correcta aplicacion de los recursos conforme a los fines establecidos en la ley.
- II. La documentacion y comprobacion del gasto.
- III. La oportuna rendicion de cuentas e informes.

Legislacion aplicable

La responsabilidad se determinara conforme a:

- Ley General de Responsabilidades Administrativas
- Ley de Fiscalizacion y Rendicion de Cuentas de la Federacion
- Legislacion estatal en materia de responsabilidades

Procedimiento

Cuando se detecte un uso indebido de recursos, las autoridades competentes podran:

- Iniciar procedimientos de responsabilidad administrativa
- Formular denuncias penales ante el Ministerio Publico
- Solicitar el reintegro de recursos mal aplicados

Prescripcion

Las responsabilidades derivadas del manejo de aportaciones federales prescribiran en los terminos establecidos en la legislacion aplicable, sin que el plazo pueda ser inferior a siete anos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La responsabilidad en el manejo de aportaciones federales puede ser administrativa, civil o penal. En SDV Asesores de Negocio destacamos que los funcionarios que desvien recursos de los fondos de aportaciones enfrentan sanciones severas, incluyendo la obligacion de reintegrar los montos desviados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 48 del LCF?

Establece que el ejercicio de los recursos de aportaciones federales se sujetara a la legislacion federal y local aplicable, y que los servidores publicos seran responsables del correcto uso de dichos recursos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 48 de la Coordinacion Fiscal?

La responsabilidad en el manejo de aportaciones federales puede ser administrativa, civil o penal. En SDV Asesores de Negocio destacamos que los funcionarios que desvien recursos de los fondos de aportaciones enfrentan sanciones severas, incluyendo la obligacion de reintegrar los montos desviados.

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