El Comisario vigila administracion de recursos y funcionamiento conforme a ley, practica auditorias financieras y administrativas, recomienda medidas correctivas y asiste a sesiones de Junta.
El Comisario tendrá las siguientes facultades:
a) Vigilar que la administración de los recursos y el funcionamiento del Organismo se haga de acuerdo con lo que dispongan esta Ley y los programas y presupuestos aprobados;
b) Practicar las auditorías de los estados financieros y las de carácter administrativo que se requieran;
c) Recomendar a la Junta de Gobierno y al Director General las medidas preventivas y correctivas que sean convenientes para el mejoramiento del Organismo;
d) Asistir a las sesiones de la Junta de Gobierno, y
LEY DE ASISTENCIA SOCIAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 01-04-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
e) Las demás que otras leyes le atribuyan y las que sean necesarias para el ejercicio de las anteriores.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Organo de control clave. Sus reportes son documentos obligatorios en sesiones de Junta y tienen valor oficial; si su institucion coordina con el Organismo, conocer hallazgos recientes del Comisario proporciona contexto sobre prioridades de reforma interna.
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